Invalida normas de la ley orgánica del Poder Judicial: SCJN

Ante la promoción de la presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra, quien promovió la la acción de inconstitucionalidad y solicitando la invalidez de las normas emitidas por el Congreso del Estado de Zacatecas, y que además fueron promulgadas por el gobernador, David Monreal Ávila; ante esta situación la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas.

Ante esta promoción que se interpuso los ministros de la SCJN resolvieron la acción de inconstitucionalidad 116/2022, en contra de los artículos 115 y 117 , en ellos se establecen un catálogo de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, en los cuales no dan detalles o precisan si son graves y no graves.

La presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra explicó “que el procedimiento para fincarlas e imponer la sanción que corresponda se preverá en el acuerdo general que al efecto se emita”.

En esta sentencia se señala que la regulación vulnera el derecho humano de seguridad jurídica y el principio de legalidad, ya que los diputados inobservaron.

Ante esta situación explicó que “las bases mínimas previstas en la Constitución Federal en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos”.

En esta inobservaron, en específico, los procedimientos que deben estar previstos en la ley, así como “la necesidad de clasificar las faltas en función de su gravedad”; todo parece indicar que este tema podría continuar o alguna reacción por parte de ambas partes.

Esta resolución de la acción de inconstitucionalidad fue publicada este miércoles 23 de abril en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas.

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