La SCJN corrige reforma al Issstezac

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió corregir la reforma a la Ley del Issstezac al establecer criterios que delimitan su aplicación y garantizan la protección de derechos adquiridos. Con siete votos a favor y dos en contra, el Pleno validó el artículo 74, que reduce de 60 a 30 días el aguinaldo de los pensionados, pero únicamente para quienes comiencen a cotizar a partir de la entrada en vigor de la reforma, el 10 de agosto de 2024, evitando así cualquier efecto retroactivo.

Durante la misma sesión, el máximo tribunal invalidó los artículos 128 y 128 Bis, los cuales condicionaban el pago de pensiones y prestaciones a la capacidad financiera y a la reserva técnica del instituto. La Corte determinó que dichas disposiciones resultan inconstitucionales, al supeditar derechos laborales a factores presupuestales.

El debate se prolongó por más de una hora al analizar la acción de inconstitucionalidad 149/2024, promovida por el gobierno federal. En el proyecto de resolución se sostuvo que la reducción del aguinaldo no vulnera derechos humanos cuando se aplica a futuros cotizantes; no obstante, se subrayó que las obligaciones del Estado con los trabajadores deben cumplirse independientemente de su situación financiera.

Diversos ministros coincidieron en que el aguinaldo de 60 días constituye un derecho adquirido para quienes ya lo recibían, por lo que no puede disminuirse de manera retroactiva. Asimismo, se advirtió que permitir que el pago de pensiones dependa de la solvencia del instituto sentaría un precedente negativo y contrario a los principios de progresividad y no regresividad de los derechos laborales.

Tras la resolución, autoridades del Issstezac reconocieron que acatarán el fallo, aunque señalaron que enfrentan un déficit financiero cercano a los 290 millones de pesos para cubrir el pago de aguinaldos pendientes bajo el esquema de 60 días, además del incremento previsto para los próximos años debido al crecimiento en el número de pensionados.

Organizaciones sindicales del sector educativo y académico celebraron la sentencia, al considerarla un avance en la defensa de los derechos laborales y un freno a disposiciones que, señalaron, afectaban prestaciones consolidadas. Dirigentes gremiales destacaron que la resolución fortalece la certeza jurídica de los trabajadores y anticiparon que continuarán la defensa ante otros aspectos de la reforma.

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Redacción
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