El Consejo General del Instituto Electoral de Zacatecas (IEEZ) anunció lo anterior y se cierre el expediente
Como improcedente se declaró la solicitud de Revocación de Mandato del Titular del Ejecutivo Estatal, así lo dio a conocer el Consejo General del Instituto Electoral de Zacatecas (IEEZ), esto después de un proceso de verificación de firmas y que además reveló deficiencias en la recolección de los apoyos de los ciudadanos.
Fue durante una sesión extraordinaria que las autoridades mostraron los por menores en un informe conforme a los resultados de la recopilación de las firmas de los ciudadanos en torno al tema de la Revocación de Mandato.
Es importante señalar que para que la Revocación de Mandato se concretara se necesitaba un total de 125 mil 646 firmas de los ciudadanos, lo que equivaldría al 10 por ciento de la lista Nominal, teniendo el corte hasta el 12 de septiembre de 2024.
Además, en esta recolección de firmas, debería tener por lo menos 30 municipios del Estado; y el grupo que buscaba concretar esto se conoció como la Red de Ciudadanos por la Revocación de Mandato, quienes habían presentado formalmente su solicitud ante el IEEZ para iniciar el proceso en contra del gobernador David Monreal Ávila.
Sin embargo, del total de 26 mil 449 apoyos inicialmente recibidos, solo 25 mil 248 fueron considerados válidos, y con estos resultados solo se alcanzó el 2% del total necesario para proceder con el mecanismo de revocación; por lo que estuvieron muy por debajo de la expectativa.
Sin embargo, durante este proceso se pudo observar y detectar las irregularidades; estas inconsistencias que desacreditaron un número importante de firmas se debió a 404 apoyos fueron identificados como duplicados.
Mientras que 141 registros correspondían a personas no inscritas en el padrón electoral, ya que deberían formar parte del padrón; además de15 credenciales carecían de vigencia.
Por su parte, tuvieron 51 firmas que provenían de ciudadanos fuera del estado de Zacatecas y finalmente, 77 registros no pudieron ser localizados y 512 presentaban inconsistencias diversas
De esta manera, el veredicto final del IEEZ dio a conocer que el pasado 10 de enero sobre la improcedencia de la solicitud, fundamentando la decisión en el incumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Revocación de Mandato y que además se cierra este expediente.
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